(ZENIT Noticias / Madrid, 03.12.2024).- En una decisión histórica, el Tribunal Supremo de España ha dictaminado que la exhibición de la bandera arcoíris, utilizada como símbolo de la comunidad LGBTQ+, en edificios gubernamentales no viola las leyes del país sobre el uso de banderas oficiales ni los principios de neutralidad y objetividad exigidos a las administraciones públicas.
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo determinó que la colocación de la bandera durante las celebraciones del Orgullo, como en el patio de la Diputación Provincial de Valladolid y el balcón principal del Ayuntamiento de Zaragoza, se alinea con los esfuerzos para promover la igualdad. El tribunal concluyó que la bandera no es un símbolo partidista ni que incite a la división, sino que sirve como representación de la inclusión y la tolerancia.
Opinión de la mayoría:…
Autor: Redacción Zenit
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