El «nuevo» Tribunal Constitucional, el de las mayorías de izquierda, estableció este lunes 3 de julio que obligar a practicar un aborto en una comunidad autónoma distinta a la de residencia vulnera los derechos fundamentales de la mujer.
La Sala Primera concedió por unanimidad el amparo a una mujer por apreciar que el Servicio Murciano de Salud, al derivar a la demandante a un centro sanitario privado en Madrid, «ha vulnerado el derecho de configuración legal de la mujer a la interrupción del embarazo, que forma parte de su derecho fundamental a la integridad física y moral».
Que no salga de su entorno
La sentencia del tribunal autonómico consideró justificada esta decisión del Servicio Murciano de Salud porque ningún facultativo de la Región de Murcia había pedido practicar abortos. Sin embargo, el Constitucional entiende que esta circunstancia no puede eximir a los…
Autor: ReL

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