Recuerda el principio de irretroactividad legal. La lesión de la buena fama solo puede ser “legitimada para evitar cualquier peligro o amenaza” sobre personas y comunidad.

Redacción (27/02/2025, Gaudium Press) Reporta InfoCatólica acerca del documento del Dicasterio de los Textos Legislativos del Vaticano, fechado el 5 de septiembre de 2024 y publicado el 22 de febrero de 2025, que establece que no es lícito divulgar información que pueda afectar la buena reputación de personas fallecidas. La respuesta, emitida a raíz de una consulta sobre la cuestión, se basa en el canon 220 del Código de Derecho Canónico y en principios fundamentales del derecho penal y canónico.
El texto, firmado por el cardenal Filippo Iannone, prefecto del Dicasterio, y por su secretario, monseñor Juan Ignacio Arrieta, recuerda que la normativa eclesiástica prohíbe la maledicencia y la…
Autor: Saul Castilblanco Mosos
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