El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado este martes que todos los países de la UE están obligados a reconocer las uniones entre personas del mismo sexo celebradas legalmente en otro Estado miembro, incluso cuando su legislación interna no contemple el «matrimonio igualitario», como en el caso de Polonia. El Tribunal considera que negar este reconocimiento vulnera la libertad de circulación de los ciudadanos europeos y afecta al derecho a la vida privada y familiar.
La resolución se produjo a raíz del caso de dos ciudadanos polacos casados en Alemania, cuya solicitud para transcribir su unión en el registro civil polaco fue rechazada. El TJUE concluyó que esa negativa constituye “un obstáculo contrario al Derecho de la Unión”, ya que impide a la pareja ejercer los derechos adquiridos como «matrimonio» dentro del bloque comunitario.
El fallo…
Autor: INFOVATICANA
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