En defensa, supuestamente, de la «libertad religiosa» de una niña, el Tribunal Constitucional español dictamina que ante la disputa entre su madre (que quiere llevarla a un colegio público laico) y el padre (que la estaba llevando a un colegio concertado religioso) debe llevarse la niña al colegio público laico, porque, declara el Tribunal, es la única vía para que la «formación escolar se desarrolle en un entorno de neutralidad» hasta que la niña tenga la «madurez suficiente para manifestar su propia libertad de creencias».
Pero la sentencia no ha gustado a tres de los magistrados del Tribunal Constitucional (Ricardo Enríquez Sancho, Concepción Espejel Jorquera y César Tolosa Tribiño), por su automatismo contra la escuela concertada: «La sentencia aplica un automatismo que contradice la necesidad de conciliar las posiciones contrapuestas de los padres; la falta de…
Autor: ReL
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