Fiducia Supplicans, en su párrafo 37, parecía sugerir que las condiciones para hacer bendiciones a parejas en situación «irregular» las decidiera cada sacerdote o diácono (quizá sobre la marcha, improvisando), quitando autoridad al obispo: «No es conveniente que una Diócesis, una Conferencia Episcopal o cualquier otra estructura eclesial habiliten constantemente y de modo oficial procedimientos o ritos para todo tipo de asuntos», decía, para evitar «una casuística insoportable».
Pero el 4 de enero, tras el abierto rechazo de muchos obispos a Fiducia (los de Hungría, Polonia, Ucrania y África estuvieron entre los primeros), el cardenal Víctor Manuel Fernández, prefecto de Doctrina de la Fe, matizó en una Nota Aclaratoria que «cada obispo en su diócesis está autorizado por la Declaración Fiducia supplicans a habilitar este tipo de sencillas bendiciones, con todas las…
Autor: Pablo J. Ginés
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