La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha resuelto que la colocación de la bandera arco iris con motivo de la celebración del 28 de junio en un patio interior de la Diputación Provincial de Valladolid o en el balcón principal del Ayuntamiento de Zaragoza no infringe la Ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y de otras banderas y enseñas, ni los principios de objetividad y de neutralidad de las Administraciones Públicas.
Los jueces dicen ahora que no se trata de un «símbolo de significación partidista» ni «propugna ningún tipo de enfrentamiento». Así, concluye que la exhibición de la bandera no contradice la exigencia de objetividad de las administraciones públicas, ni quiebra la neutralidad que deben mantener, sino que se inscribe en la línea de las actuaciones que han de llevar a…
Autor: ReL
Los 18 beneficios de asistir a la Santa Misa
La misa es el encuentro con Dios Nuestro Señor, pero no sólo con Él, también con nuestro interior, haciendo que mejoremos cada día más como personas. Este encuentro con Nuestro…
El mundo necesita discípulos católicos contraculturales
¿Qué hay de ti y de mí? ¿Has muerto al pecado? ¿Vives para Dios? ¿Persigues la santidad? ¿Estás rezando íntimamente todos los días? ¿Proclamas el Evangelio? Estas son algunas de…
5 maneras de oír lo que Dios te está diciendo
Dios siempre nos habla en diferentes momentos y de diferentes maneras. Esa es la premisa básica del libro Discernimiento del difunto Henri Nouwen, sacerdote católico romano, autor de 39 libros y…



















