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VATICANO, 16 Jun. 22 (ACI Prensa).-
El Papa Francisco ha decretado que cualquier obispo diocesano, antes de erigir una asociación pública de fieles que luego se convertirá en instituto religioso, deberá primero recibir un permiso escrito del Vaticano.
El rescripto del Papa, publicado el 15 de junio, establece que el obispo diocesano debe recibir una "licencia escrita" del Dicasterio para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica antes de erigir, por decreto, “una asociación pública de fieles con vistas a convertirse en un instituto de vida consagrada o una sociedad de vida apostólica de derecho diocesano”.
Esta decisión del Papa Francisco fue aprobada el pasado 7 de febrero aunque no ha entrado en vigor hasta el miércoles 15 de junio.
El Código de Derecho Canónico establece que las asociaciones de fieles, que pueden ser públicas o privadas, son…