Recientemente, circuló la información de que los jueces de la Corte Suprema de la Nación Argentina habilitaron el tratamiento de caso que plantea el siguiente problema: qué hacer con embriones humanos criopreservados de un matrimonio que, resultado del divorcio, ahora no quiere implantarlos.
Fuera del análisis jurídico correspondiente que podría formularse teniendo en cuenta la actual legislación argentina -recuerdo ahora, solamente, que la Constitución Nacional protege la vida humana desde la concepción-, hay otro punto sobre el que me interesa llamar la atención. Solamente oír que embriones humanos en estado de criopreservación podrían llegar a ser descartados es para alarmarse. Pero, con ser esto grave, sin embargo no es lo peor.
Se trata de una posible consecuencia que depende del “deseo” de sus padres. La raíz del mal está en la misma fecundación artificial -suavemente llamada…
Autor: Germán Masserdotti

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