- No hay convenio sino un protocolo
- Un protocolo sin efectos jurídicos
- Capacidad de colaboración institucional
- Función como Institución Nacional de Derechos Humanos
El citado artículo reza así: “El Defensor del Pueblo no estará sujeto a mandato imperativo alguno. No recibirá instrucciones de ninguna Autoridad. Desempeñará sus funciones con autonomía y según su criterio”
El Alto Comisionado asegura que sigue vigente el principio de independencia de este organismo y que ejerce “sus funciones con autonomía y sin recibir instrucciones de ninguna autoridad”
No hay convenio sino un protocolo
En respuesta a las consultas planteadas, la institución señala que no consta la existencia de ningún informe jurídico que recomiende u obligue al Defensor del Pueblo a suscribir un convenio con la Iglesia. Asimismo, afirma que no ha firmado…
Autor: Javier Arias
Existencia de DIOS: 16 Pruebas irrefutables (e innegables)
Recopilación de 16 pruebas empíricas y científicas de la existencia de Dios. ¿Existe Dios? ¿todo ha sido creado por casualidad? La existencia de un Creador es un tema del que…
Articulo Juan Manuel de Prada ‘Un Poco de Paciencia’
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“No basta ser santo ante los hombres, sino que hay que serlo delante de Dios. ¡Recen por mí!”. Palabras impactantes del Monseñor Marengo, Obispo de Carrara, a una religiosa de María Auxiliadora…



















