Autor: ReL
En Argentina, como en muchos otros países, las escuelas públicas deben mantener un principio general de neutralidad religiosa, pero ahora la Corte Suprema ha detallado que eso no significa que no se puedan celebrar festejos de «gran significatividad» por los patronos religiosos de las escuelas o las distintas regiones y comunidades, ya que es algo que se vincula con «la historia y la tradición cultural» con «arraigo en la cultura local».
Así lo ha resuelto la Corte Suprema argentina respecto a un caso planteado en las escuelas públicas de Mendoza, que celebran las fiestas del patrono Santiago (25 de julio) y de la Virgen del Carmen de Cuyo (8 de septiembre).
Una entidad laicista que usa el nombre de Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) llevó a juicio a la Dirección General de Escuelas de Mendoza, acusándola de violar la neutralidad institucional al celebrar estos…

Continuar leyendo en: www.religionenlibertad.com
Articulo Juan Manuel de Prada ‘Un Poco de Paciencia’
Terminábamos nuestro artículo anterior con una observación muy atinada de Concepción Arenal, que nos alertaba sobre los males más pavorosos, que no son los que «las leyes condenan y la…
5 maneras de oír lo que Dios te está diciendo
Dios siempre nos habla en diferentes momentos y de diferentes maneras. Esa es la premisa básica del libro Discernimiento del difunto Henri Nouwen, sacerdote católico romano, autor de 39 libros y…
La Iglesia al fin de los tiempos
Artículo realizado por el Padre Emmanuel André X. El Advenimiento del Juez Supremo Vano es intentar precisar la hora en que tendrá lugar el segundo advenimiento de Nuestro Señor,siendo como es…