Con motivo de la publicación de la declaración Fiducia Supplicans por parte del dicasterio para la Doctrina de la Fe, el pasado 18 de diciembre, se ha vuelto a poner en el centro el tablero el debate sobre el estatuto teológico de la bendición. Es por ello que con este artículo me propongo abordar algunas consideraciones que puedan arrojar luz sobre el tema.
- Estatuto teológico-litúrgico de la bendición
El Concilio Vaticano II, partiendo de la definición de liturgia que ya Pío XII había formulado en Mediator Dei, afirmó: “Con razón, pues, se considera la Liturgia como el ejercicio del sacerdocio de Jesucristo. En ella los signos sensibles significan y, cada uno a su manera, realizan la santificación del hombre, y así el Cuerpo Místico de Jesucristo, es decir, la Cabeza y sus miembros, ejerce el culto público íntegro” (SC 7b).
Así, conforme a esta definición,…
Autor: redaccioninfovaticana

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