Autor: Pedro Trevijano
La pederastia es la fornicación realizada con menores. Nuestro permisivo Código Penal de 1995 dice que sólo “se consideran abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobre menores de trece años” (art. 181.2). Si interviene engaño, el abuso sexual también es punible entre los trece y los dieciséis (art. 183.1). Es decir, si un chico o chica de trece años consiente en tener relaciones sexuales con un adulto, los padres legalmente no pueden hacer nada, pues la ley española le considera maduro para tener relaciones homosexuales o heterosexuales con adultos. Diga lo que diga la Ley: ¿es pedofilia sí o no?
Es indudable que los católicos y especialmente los sacerdotes nos sentimos dolidos y escandalizados ante el hecho que algunos sacerdotes hayan incidido en prácticas de pederastia, así como de la actuación nada correcta de unos cuantos obispos y cardenales que han intentado echar…
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