Autor: José María Carrera
Este 11 de julio, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha condenado a la Diputación de Valladolid por colocar la bandera LGTB en la fachada de su edificio principal, después de estimar el recurso interpuesto por la Fundación Española de Abogados Cristianos.
En la sentencia, el alto tribunal autonómico asegura que «la exhibición de la bandera arcoíris vulnera el principio de neutralidad ideológica o política».
También sentencia que «la bandera arcoíris es un símbolo con la suficiente carga o significación ideológica», lo que «trasciende a lo meramente social» y penetra «en lo político». El Tribunal es igualmente consciente de que «la carga ideológica de la enseña no puede negarse», procediendo de este modo «su retirada».
La decisión se enmarca dentro de la dictaminada por el Tribunal Supremo el 1 de junio de 2020, al fijar como doctrina «que no resulta compatible con…