En diciembre de 1970 el mundo entero dirigía la mirada a España. El llamado proceso de Burgos juzgaba a 16 militantes de ETA por asesinatos, atentados y pertenencia a banda armada. Se dictaron seis penas de muerte. Las cancillerías occidentales pusieron el grito en el cielo y el Vaticano no se quedó atrás: denunció la severidad de las condenas y pidió clemencia a Franco.
Pero había un pequeño problema: la Ciudad del Vaticano también contemplaba la pena de muerte en su propio ordenamiento jurídico.
El marco jurídico vaticano
Tras los Pactos de Letrán de 1929, el nuevo Estado de la Ciudad del Vaticano adoptó como propio el Código Penal Zanardelli (1889), el mismo que regía en Italia en aquel momento, con algunas modificaciones. Entre sus disposiciones figuraba la pena capital, aplicable en casos muy concretos.
En la adaptación vaticana, la pena de muerte quedaba…
Autor: INFOVATICANA
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