Este lunes, cuatro días después de que el Papa Francisco convocase oficialmente el Jubileo ordinario de 2025, el Boletín Oficial de la Santa Sede ha hecho públicas las normas relativas a la concesión de las indulgencias a lo largo del jubileo, que se extenderá del 24 de diciembre de 2024 al 6 de enero de 2026.
Ya al comienzo del texto vaticano se recuerda que durante este periodo «permanecerán en vigor cualquier otra concesión de indulgencia» y que los fieles podrán conseguir «plenísima indulgencia, remisión y perdón de sus pecados» siguiendo las condiciones habituales: que estén verdaderamente arrepentidos, que se excluya todo afecto al pecado y se recen por las intenciones del Sumo Pontífice. Dicha indulgencia también se podrá aplicar por las almas del purgatorio en forma de sufragio.
Junto a las mencionadas, el documento agrega algunas condiciones particulares…
Autor: José María Carrera
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