, 24 Abr. 23 (ACI Prensa).-
La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina emitió un fallo que establece que todo lo relativo al registro de sacramentos constituye materia eclesiástica, sobre la que el Estado no puede interferir.
La decisión responde al pedido de una persona “trans”, que solicitaba al Arzobispado de Salta que modifique sus registros de Bautismo y Confirmación.
Quien presentó la demanda pedía que se anulen las actas y se emitan otras nuevas, adecuadas a su nuevo nombre y a la identidad de género autopercibida.
Los ministros de la Corte, que rechazaron por unanimidad el pedido, se fundaron en los artículos 14 y 19 de la Constitución Nacional, vinculados a la libertad de culto y de conciencia.
La persona demandante solicitaba, además, que se declare inconstitucional la ley que aprobó el Acuerdo entre la Santa Sede y la…
Autor:

Continuar leyendo en: www.aciprensa.com
Existencia de DIOS: 16 Pruebas irrefutables (e innegables)
Recopilación de 16 pruebas empíricas y científicas de la existencia de Dios. ¿Existe Dios? ó ¿Todo ha sido creado por casualidad? La existencia de un Creador es una cuestión que…
La Nueva Era, una secta de cuidado
El reiki y la Nueva Era (New Age), se han extendido cada vez más por la sociedad buscando el bienestar físico y mental que producen. Conoce todos los detalles y…
Cómo afirmar la veracidad de los evangelios
Hay una técnica muy utilizada por los detectives para encontrar información que les ayude a armar el cuadro completo de una escena, es el Soporte Involuntario entre Testigos. Esta técnica…



















