, 24 Abr. 23 (ACI Prensa).-
La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina emitió un fallo que establece que todo lo relativo al registro de sacramentos constituye materia eclesiástica, sobre la que el Estado no puede interferir.
La decisión responde al pedido de una persona “trans”, que solicitaba al Arzobispado de Salta que modifique sus registros de Bautismo y Confirmación.
Quien presentó la demanda pedía que se anulen las actas y se emitan otras nuevas, adecuadas a su nuevo nombre y a la identidad de género autopercibida.
Los ministros de la Corte, que rechazaron por unanimidad el pedido, se fundaron en los artículos 14 y 19 de la Constitución Nacional, vinculados a la libertad de culto y de conciencia.
La persona demandante solicitaba, además, que se declare inconstitucional la ley que aprobó el Acuerdo entre la Santa Sede y la…
Autor:
Continuar leyendo en: www.aciprensa.com
La Iglesia al fin de los tiempos
Artículo realizado por el Padre Emmanuel André X. El Advenimiento del Juez Supremo Vano es intentar precisar la hora en que tendrá lugar el segundo advenimiento de Nuestro Señor,siendo como es…
7 pasos para una parroquia: de tener «consumidores de sacramentos» a multiplicar los discípulos
«Id y bautizad y haced discípulos», pedía Jesús. Las parroquias, bautizar, bautizan. Bautizan a cualquier bebé que les lleven. Pero ¿hacen discípulos? Un discípulo es alguien que tiene una relación…
Informe anual Planned Parenthood USA 2020, indica que asesinó a 383.000 bebés en abortos
Lo llamemos como lo llamemos es un asesinato, un asesinato del que luego se aprovecha todo, sangre, vísceras etc. para diversas industrias. No, nos podemos quejar los humanos del siglo…