Varias veces nos han consultado si es lícito o no que el sacerdote se niegue a dar la Comunión a quien, simplemente, quiera recibirla de rodillas (y no de pie). Dado que es una consulta recurrente, se nos ocurrió publicar este post con las fuentes claras para que cada cual pueda hacerse una idea concreta de cuál es el derecho positivo vigente en la Iglesia, no entrando aquí en cuestiones teológicas sino meramente jurídicas.
Sucede que algunos, a fin de querer negar la comunión estando de rodillas, alegan lo planteado en la Instrucción General al Misal Romano donde en su número 160, dice:
Los fieles comulgan estando de rodillas o de pie, según lo haya determinado la Conferencia Episcopal.
Y así, en algunos misales, como en el aprobado para Argentina, se coloca como nota a pie de página lo que sigue:
En Argentina se…
Autor: Javier Olivera Ravasi
¿Cómo rezar cuándo nos abruma las preocupaciones?
Las emociones que acompañan a las crisis son a menudo descritas como una sensación similar a olas gigantes rompiendo tú alrededor. Por eso, en sus Ejercicios Espirituales, San Ignacio de Loyola proporcionaba el…
La Nueva Era, una secta de cuidado
El reiki y la Nueva Era (New Age), se han extendido cada vez más por la sociedad buscando el bienestar físico y mental que producen. Conoce todos los detalles y…
No celebres Halloween, sino quieres rendir a Satán sin saberlo.
Holywins, es la alternativa al culto a los demonios que celebramos cada primero de noviembre Tal vez muchos de nosotros hemos celebrado Halloween cuando éramos niños, porque nos parecía divertido…



















